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Sistema SII: nuevo sistema de gestión electrónica del IVA.

por en Fiscal

Cuando parecía que nos hallábamos en el inicio de la cuenta atrás para la puesta en marcha del nuevo sistema de gestión electrónica del IVA, bautizado como Sistema SII (Suministro Inmediato de Información), parece dudoso que su entrada en vigor se produzca en el mes de enero de 2017.

En octubre de 2014 la Agencia Tributaria anunciaba ya el lanzamiento de una estrategia de modernización en la gestión del IVA, que permitiría agilizar las devoluciones, proporcionar al contribuyente los datos fiscales para su declaración y practicar las actuaciones de comprobación de manera más ágil y efectiva.

Después de cada facturación, los contribuyentes debían enviar a la Agencia Tributaria en un máximo de cuatro días hábiles el detalle de las facturas emitidas y recibidas que debieran hacerse constar en los libros registro. Estos envíos a la Agencia Tributaria implican llevar los libros registro de IVA a través de la página web de la Agencia (www.agenciatributaria.es), donde esos libros se irán formando con cada uno de los envíos del detalle de las operaciones realizadas.

Sólo sería obligatorio para un colectivo de 62.000 contribuyentes, formado por grandes empresas, grupos de IVA e inscritos en el régimen de devolución mensual. El resto de contribuyentes puede acogerse voluntariamente y, si lo desean, renunciar al sistema al final de cada año.

Tendrían para sus autoliquidaciones diez días más de plazo y no presentarían los modelos 340 (libros registro), 347 (operaciones con terceros) y 390 (resumen anual).

Con la información recibida y la que conste en la base de datos, la AEAT elaboraría los datos fiscales del contribuyente, a efectos del IVA, facilitando la declaración del impuesto.

La Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley General Tributaria, introduce, con efectos desde el 1 de enero de 2017, una modificación en el ámbito de las obligaciones tributarias formales, referida a la determinación de los casos en los que la aportación o llevanza de libros registros se deba efectuar en forma telemática a través de una norma reglamentaria.

El borrador de Real Decreto para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en materia del IVA, que desarrollaba la obligación para las empresas de informar del IVA en tiempo real, se publicó en julio de 2015, pero no ha llegado a aprobarse.

Dado que parece que el Gobierno no va a impulsar su aprobación, será muy poco probable la puesta en marcha del Sistema SII en el período previsto, y en todo caso deberá retrasarse para dar margen a que las empresas afectadas puedan modificar sus sistemas informáticos para adaptarse a esta nueva obligación.

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