Hacienda puede investigar la renta de un padre a través de las facturas de las actividades escolares de sus hijos
El Tribunal Supremo ha dictado una reciente sentencia en la que permite que un colegio privado facilite a Hacienda, facturas emitidas a un padre por los gastos escolares de sus hijos para así investigar su solvencia.
La sentencia dictada el 13 de julio, estima que la entrega de esta documentación a la Agencia Tributaria, no vulnera el derecho a la intimidad de los menores, aunque reconoce que las facturas contenían datos personales de los hijos. Sin embargo expresa que «no todo dato personal es íntimo ni la protección que a la información personal fundamenta el artículo 18 de la Constitución puede erigirse en obstáculo para el cumplimiento del deber que la propia Constitución impone a todos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con la capacidad económica de cada uno».
«Las referencias al colegio en que estudiaban los menores, a que realizaban una actividad extraescolar y a que comían en el centro no forma parte, propiamente, del ámbito de la intimidad y en ningún caso están excluidas del conocimiento de la Administración Tributaria desde el momento en que todas ellas tienen una traducción económica y, por tanto, son relevantes para establecer la capacidad económica de su padre»
Considera que los datos son relevantes para establecer la capacidad económica del padre, gozando en todo momento de protección, y pudiendo ser cedidos a Agencia Tributaria sin el consentimiento del afectado.
En la citada sentencia se hace mención de que la Ley General Tributaria, establece el carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria que haya obtenido la Administración en el desempeño de sus funciones y solamente autoriza su uso para los específicos fines que señala. También expresa la “prohibición de la cesión o comunicación a terceros y se obliga a Hacienda a tomar las medidas precisas para garantizar la confidencialidad de la información tributaria y su uso adecuado, obligando a autoridades y funcionarios que tengan conocimiento de los mismos al más estricto y completo sigilo respecto de ellos».
Fuente: Las asesorías
Fecha: 23 de Julio de 2016