Acumulación del permiso de lactancia
Acumulación del permiso de lactancia El RDL 2/2024 modifica el artículo 37.4 ET y recoge la posibilidad de acumular las horas retribuidas de ausencia por lactancia como un derecho de todas las personas trabajadoras y sin necesidad, por tanto, de que esté recogida en el convenio colectivo o en un acuerdo con la empresa.